BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN “EUROS QUE VUELVEN” – CLEARVIEW ENERGY S.L.U.
1. EMPRESA ORGANIZADORA
CLEARVIEW ENERGY S.L.U. (en adelante, “Clarity Energy”), con NIF B88578901 y domicilio social en Calle Villalar, 7. 28001 Madrid, organiza la presente promoción denominada “EUROS QUE VUELVEN” (en adelante, la “Promoción”).
2. OBJETO Y MECÁNICA
La Promoción tiene como objeto incentivar la contratación de suministros de energía eléctrica en el mercado libre para las tarifas 2.0TD OPTIMA MC (1P) y OPTIMA 2601(3P).
El incentivo consiste en un abono total máximo de 300 € en dos años, dependiendo de la tarifa, que se aplicará como descuento en factura, condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases, y distribuido en dos periodos:
Tarifa OPTIMA MC (1P, 1 Precio) 2.0TD
- Abono de 0,0596 EUR por cada kWh de consumo real facturado conforme a las lecturas validadas por la empresa distribuidora y comunicadas a la comercializadora durante los meses 1 a 12 (primer tramo) y 13 a 24 (segundo tramo), según las lecturas facilitadas por la Empresa Distribuidora.
- Con un máximo de 150 € por año, Total máximo de la promoción: 300 € durante los dos años de vigencia.
- Pagables en la factura correspondiente al mes 12 y 24 de suministro.
Tarifa OPTIMA 2601(3P, 3 Precios) 2.0TD
- Abono de 0,0192 EUR por cada kWh de consumo real facturado conforme a las lecturas validadas por la empresa distribuidora y comunicadas a la comercializadora durante los meses 1 a 12 (primer tramo) y 13 a 24 (segundo tramo), según las lecturas facilitadas por la Empresa Distribuidora.
- Con un máximo de 50 € por año, Total máximo de la promoción: 100 € durante los dos años de vigencia.
- Pagables en la factura correspondiente al mes 12 y 24 de suministro.
En ningún caso el incentivo tendrá la consideración de retribución dineraria directa, sino de descuento promocional vinculado al contrato de suministro.
3. ÁMBITO
La Promoción será válida exclusivamente para contrataciones formalizadas durante el periodo comprendido entre 27 de abril de 2026 y el 31 de mayo de 2026 (ambos inclusive) para puntos de suministro situados en España Peninsular, siempre que cumplan los requisitos de contratación de las tarifas indicadas en las Condiciones generales de Contratación. Clarity Energy se reserva el derecho de modificar o cancelar la promoción para nuevas contrataciones, sin que ello afecte a los clientes que ya se hubieran adherido a la misma.
La promoción está limitada a un máximo de mil (1.000) puntos de suministro entre ambas tarifas, que serán asignados por orden de contratación efectiva.
En todo caso, e independientemente de lo anterior, la promoción se considerará vigente mientras esté publicada tanto en el Comparador de la CNMC o en la Web de Clearview Energy.
Clarity Energy podrá suspender la Promoción en cualquier momento por causas técnicas, operativas, comerciales o regulatorias, respetando en todo caso los derechos ya consolidados por los clientes adheridos.
4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN (CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD)
Podrán beneficiarse de la Promoción las personas físicas o jurídicas que cumplan acumulativamente:
Realizar una nueva contratación de suministro o cambio de comercializadora asociado a un nuevo CUPS que no haya estado vinculado a Clarity Energy en los 6 meses anteriores, siempre que cumpla los requisitos establecidos tanto en las Bases de esta promoción como en las Condiciones Generales de Contrato.
Contratar la tarifa OPTIMA MC (1P) y OPTIMA 2601 (3P), ambas 2.0TD, sin compromiso de permanencia alguno.
Cumplir todas y cada una de las condiciones expresadas en las condiciones generales de Contratación.
Mantener el contrato activo, en vigor y al corriente de pago de todas las facturas anteriores en el momento del devengo del abono (mes 12 y mes 24) sin hacer cambio alguno de tarifa en el periodo
No haber sido cliente de Clarity Energy en los 6 meses anteriores a la contratación.
Aceptar expresamente las presentes Bases Legales y las Condiciones Generales de Contratación en el momento de la contratación.
5. CONDICIONES DEL INCENTIVO
Conforme al art. 44 de la LSE y la normativa de consumo, se establece lo siguiente:
Devengo del incentivo:
El derecho a cada tramo del incentivo se devengará únicamente cuando el Cliente haya mantenido el contrato de suministro activo, en vigor, sin interrupciones y al corriente de pago durante un periodo mínimo de doce (12) meses consecutivos desde la fecha de inicio efectivo del suministro para el primer tramo, y veinticuatro (24) meses para el segundo tramo.
A estos efectos, se entenderá cumplido el periodo de 12 o 24 meses en el primer ciclo de facturación completo posterior a la fecha en que se alcance dicho periodo desde el inicio efectivo del suministro.
No se considerará cumplido el periodo en caso de suspensiones de suministro, impagos, resolución contractual o cualquier incumplimiento de las condiciones contractuales por parte del Cliente.
Baja anticipada de la tarifa
En caso de cambio de tarifa o de resolución del contrato antes del cumplimiento de dichos periodos, el Cliente perderá automáticamente el derecho a percibir cualquier incentivo no devengado.
Estar al corriente de pagos
El Cliente deberá encontrarse al corriente de pago, entendiéndose como tal la inexistencia de cantidades vencidas, líquidas y exigibles en la fecha de emisión de la factura en la que deba aplicarse el incentivo.
6. APLICACIÓN DEL CASHBACK
El incentivo se aplicará mediante un concepto específico identificado en factura como “Abono Promocional” o denominación equivalente, en la primera factura emitida una vez cumplidos los requisitos de devengo.
Clarity Energy no garantiza que el abono se produzca en una fecha exacta, pudiendo aplicarse en ciclos de facturación posteriores por razones operativas o de facturación.
El cashback no es canjeable por dinero en efectivo ni transferible a otros CUPS o titulares.
La aplicación del incentivo estará en todo caso condicionada a que el contrato permanezca activo en el momento de emisión de la factura correspondiente, no siendo aplicable en caso de baja previa, cambio de comercializadora o modificación contractual que implique la extinción o sustitución del contrato original, salvo que Clarity Energy comunique expresamente lo contrario.
7. COMPATIBILIDAD
Salvo que se indique lo contrario en las Condiciones Particulares, esta Promoción no es acumulable a otras ofertas de captación, planes de referidos o descuentos especiales vigentes en el momento de la contratación.
8. FISCALIDAD
El incentivo podrá estar sujeto a la fiscalidad que resulte aplicable conforme a la normativa vigente, siendo responsabilidad del Cliente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
9. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Clarity Energy tratará los datos personales de los participantes con la finalidad de gestionar la presente promoción, verificar el cumplimiento de sus condiciones y aplicar, en su caso, el incentivo correspondiente, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la normativa nacional aplicable en materia de protección de datos.
Para más información sobre el tratamiento de datos personales y el ejercicio de derechos, el Cliente puede consultar la política de privacidad recogida en las Condiciones Generales del Contrato o dirigirse a clientes@clarityenergy.es
10. USO INDEBIDO Y FRAUDE
Clarity Energy se reserva el derecho a excluir de la Promoción a aquellos clientes respecto de los cuales detecte indicios razonables de fraude, manipulación, contratación múltiple con fines de obtención indebida del incentivo o cualquier comportamiento contrario a la buena fe contractual, incluyendo la contratación reiterada o estructurada con la finalidad principal de obtener el incentivo de forma indebida.
11.CAMBIOS CONTRACTUALES
El derecho al incentivo está vinculado al titular del contrato y al CUPS contratado. En caso de cambio de titular, baja, suspensión o modificación sustancial del contrato, Clarity Energy podrá revisar, suspender o cancelar la elegibilidad del Cliente para la percepción del incentivo
12MODIFICACIÓN DE LAS BASES
Clarity Energy se reserva el derecho de modificar las presentes bases por causas justificadas o cambios en la regulación del sector eléctrico (CNMC / Ministerio), comprometiéndose a comunicar las nuevas bases por los mismos medios que las presentes. En caso de error material, tipográfico o de cálculo en la aplicación del incentivo, Clarity Energy procederá a su corrección, notificándolo al Cliente.
En ningún caso las modificaciones afectarán negativamente a los derechos previamente devengados por los clientes.
13. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Estas Bases se rigen por la ley española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales del domicilio del consumidor. En caso de clientes no consumidores (empresas), se someterán a los juzgados de Madrid.
- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en la Promoción implica la aceptación íntegra de las presentes Bases Legales.
Copia en PDF de estas Condiciones de Contrato
( puedes descargarte una versión pdf de estas condiciones de contrato en este enlace )